14/04/2011
Obra y/o actividad de un titular en varias plantas de un edificio exclusivo
La implantación o modificación de una actividad para el desarrollo del conjunto de operaciones o tareas propias de una persona o entidad (persona física o judicial, es decir, un único titular que se ubique en un conjunto de piezas de un mismo edificio o conjunto de edificios de una parcela), se deberá realizar en una única solicitud de licencia urbanística para la implantación de la actividad y, en su caso, las obras necesarias para ello, debiendo tramitarse en un único procedimiento que conllevará una única resolución.

